jueves, 12 de julio de 2018

La abdicación abre la puerta a investigar al Rey emérito por lo que hizo tras su reinado


Que las grabaciones a Corinna zu Sayn-Wittgenstein realizadas en 2015 por el comisario José Manuel Villarejo apuntan a la comisión de varios delitos del espectro de la corrupción, entre ellos el blanqueo y la falsedad documental, es un hecho. Que, además de eso, salpican de forma directa al Rey emérito, también. Estas dos cuestiones abren la puerta al arranque de una investigación sobre el proceder de Juan Carlos I y, según fuentes jurídicas consultadas por El Confidencial, esta puede llevarse a cabo siempre que se centre en hechos posteriores a su abdicación.

En las cintas, solo una mínima parte del material que recabó durante años el comisario, desveladas este miércoles por 'El Español' y 'OK Diario', Corinna habla de que el padre de Felipe VI la usó como testaferro para ocultar patrimonio y propiedades en el extranjero, y asegura que el anterior monarca disponía de cuentas en Suiza a nombre de otra persona, su primo segundo Álvaro de Orleans-Borbón, residente en Mónaco. Señala también que el Rey emérito empleó los servicios de un experto en la creación de 'offshores', el abogado Dante Canonica. Según los dos diarios que las han difundido, se captaron en una reunión celebrada en Londres a mediados de 2015.

Los juristas consultados aseguran que la protección del Rey frente a investigaciones solo le ampara durante el tiempo de su mandato, entre el 22 de noviembre de 1975 y el 19 de junio de 2014. El artículo 56.3 de la Constitución española apunta así: "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad". No obstante, este precepto dejó de ser aplicable tras la cesión del trono a su hijo. Por todo lo anterior no puede ser imputado. Por lo que sucedió desde el 19 de junio de 2014, sí.


Juan Carlos I cuenta, en todo caso, con una protección reforzada que fue aprobada tras la abdicación. En una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial publicada el 11 de julio de 2014, menos de un mes después de la cesión de la corona, se introdujo el siguiente artículo: "Además de las competencias atribuidas a las salas de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Supremo en los artículos 56 y 57, dichas salas conocerán de la tramitación y enjuiciamiento de las acciones civiles y penales, respectivamente, dirigidas contra la Reina consorte o el consorte de la Reina, la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como contra el Rey o Reina que hubiere abdicado y su consorte".

Por tanto, es el Supremo el que asumiría un hipotético procedimiento judicial sobre el contenido de las grabaciones. Su competencia arrastraría al resto de afectados, es decir, la propia Corinna, Álvaro de Orleans y el abogado Canonica. Las escuchas se encuentran ya bajo la lupa de la Audiencia Nacional. Estos audios, horas y horas de entrevistas o conversaciones mantenidas por el policía, fueron localizados en noviembre de 2017 en el marco de la operación Tandem, en la que fue arrestado Villarejo y en la que se dictó su ingreso en prisión, donde permanece desde entonces. El magistrado encargado de esa causa, el juez de refuerzo del Central 6 de la Audiencia Nacional, Diego de Egea, está desde entonces a la espera de un informe que aclare su contenido.

En manos de la Audiencia Nacional

El magistrado del 6 decidió tras el hallazgo entregar las cintas, encontradas en el registro de uno de los colaboradores del comisario, a la Policía Nacional. Casi una decena de terabytes de datos que están siendo analizados detalladamente por los investigadores para determinar si en esas conversaciones existen indicios de la comisión de delitos que requieran la apertura de uno o varios procedimientos.

Fuentes jurídicas confirman a El Confidencial que la Policía solicitó que se le permitiera analizar los audios hasta finales de septiembre, aunque, dado el asombroso volumen de las grabaciones, podrían reclamar una ampliación del plazo para estudiarlas. Además de detectar asuntos delictivos, la unidad encargada se ocupa de apartar aquellos de los pinchazos de Villarejo que no estén vinculados a ningún ilícito penal.

Una vez disponga de ese informe, el juez encargado de la Tandem tendrá que decidir si procede investigar uno o varios aspectos y quién debe hacerlo. La Audiencia Nacional no es competente en muchos de los casos. En lo que afecta al Rey emérito, el tribunal debería inhibirse a favor del Supremo que, por cierto, ya le investigó, eso sí, en el orden civil, hace años. En agosto de 2014, el alto tribunal recibió una demanda de paternidad presentada por la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau, que fue admitida a trámite. Acabó archivada porque no se acompañaba de pruebas suficientes para valorar los hechos.

Twitter: @TwiSalvame

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